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lunes, 6 de julio de 2009

INCLUYEN EN LA JUBILACIÓN CON EL 85% MÓVIL A LAS AUTORIDADES SUPERIORES UNIVERSITARIAS

Hace menos de una semana tomamos conocimiento de que los docentes preuniversitarios recuperaron el 82% móvil de su jubilación. Una información totalmente controvertida y polémica donde lo único que podemos afirmar es que se sigue sin respetar la Ley 24.106 que dispone un régimen jubilatorio especial con el 82% móvil para los docentes preuniversitarios nacionales ( ver informe CONADU HISTÓRICA del 2/7/09 pulsando aquí ).

En el día de la fecha se publica en el Boletín Oficial de la Nación la Resolución de la Secretaría de Seguridad Social Nº 21 que amplía a las autoridades universitarias los beneficios de la Ley 22.929 y decreto 160/05 - Régimen especial jubilatorio con el 85% móvil para docentes con dedicación exclusiva que realicen investigación e investigadores científicos y tecnológicos. ( ver texto de la Resolución 21/09 pulsando aquí ).

La SPU, y tal como lo indica los considerados de la Resolución, tuvo un papel preponderante y central a la hora de proteger bajo el paraguas del 85% móvil a las Autoridades.

Mientras tanto el Ministerio de Trabajo y el de Educación disponen con celeridad medidas que le solucionan la cuestión previsional a las autoridades superiores universitarias (apenas el 2% del personal de las Universidades Nacionales) incluyéndolos en el régimen de la Ley 22.929 (85% móvil); más de 90.000 Docentes Universitarios aún esperan que el Congreso Nacional convierta en Ley el Proyecto de Jubilación Móvil con el 82% para ese sector. Éstos constituyen el 85% del universo, son los docentes con dedicaciones simples y semiexclusivas, además de los que poseen dedicación exclusiva pero no reúnen los requisitos para acogerse al régimen de los investigadores.

Dicho proyecto se encuentra bajo la órbita de tres Comisiones de la HCDN: Educación, Presupuesto y Previsión y Seguridad Social quienes debieran deliberar conjuntamente para firmar un dictamen común que luego se llevaría al Plenario en el recinto. El proyecto cuenta con el aval de todos los sindicatos docentes universitarios, y con amplio consenso de las diferentes bancadas.

Pero eso no es todo.

El CIN (Consejo Interuniversitario Nacional) que nuclea a todos los Rectores y la SPU se comprometieron mediante acuerdo paritario firmado en el mes de abril de este año a suspender las intimaciones y ceses compulsivos al personal docente universitario (que hoy se jubila bajo el régimen general), hasta tanto no se sancione el Régimen Especial Jubilatorio destinado a ese sector.

Nada de esto se ha cumplido.

De hecho se están jubilando docentes bajo el régimen general cuando - mediando esta suspensión solicitada por TODAS las Federaciones Docentes - podrían jubilarse bajo el Régimen Especial una vez que este estuviera sancionado.

LA DIFERENCIA NO ES POCA: 40% fijo de haber jubilatorio sobre el salario en actividad contra el 82% móvil.

El Congreso Extraordinario de CONADU HISTÓRICA realizado el viernes 3 y sábado 4 en la Ciudad de Buenos Aires, tras rechazar la actitud mezquina y corporativa de los rectores del CIN a espaldas del conjunto de la Docencia Universitaria - en evidente complicidad con la SPU - se declaró en ESTADO DE ALERTA en todas las UUNN, adelantando que en caso de mantenerse esta inexplicable dilación en la sanción de la Ley de Jubilaciones, de continuar con las intimaciones patronales contra los docentes para que se jubilen y no respetar las leyes previsionales vigentes 24.016 y 22.929 ,impulsarán medidas de acción directa en todo el país luego del receso invernal.
Ciudad de Buenos Aires, 6 de julio de 2009.-
CONADU HISTÓRICA
AGD-UBA

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